¿CÓMO REGISTRARSE EN UN CLUB DE MEMBRESÍA?

Para inscribirse, se necesita presentar la solicitud en los formularios disponibles en el IRCCA y la siguiente documentación:

1°) Club de Membresía y miembros fundadores:

  • Datos individualizantes de la Asociación Civil.
  • Estatutos debidamente aprobados y autorizados por el Poder Ejecutivo – Ministerio de Educación y Cultura.
  • Ubicación de la sede.
  • Constancia de domicilio o factura de servicio publico a nombre de la Asociación Civil.
  • Documentación acreditante de la calidad de propietario, arrendatario, poseedor o de cualquier otro título en virtud del cual la Asociación Civil se encuentre autorizada a ocupar como su sede el inmueble donde se realizará el cultivo.
  • Cédula de identidad de cada uno de sus miembros fundadores.
  • Ciudadanía Legal o Natural uruguaya o residencia permanente debidamente acreditada de cada uno de sus miembros fundadores.

2°) Miembros no fundadores de la Asociación Civil

  • Datos identificatorios completos
  • Cédula de identidad uruguaya
  • Ciudadanía legal o natural uruguaya o residencia permanente debidamente acreditada de cada uno de sus miembros no fundadores
  • Constancia de su aceptación como aspirante a miembro de la Asociación Civil, con indicación de la fecha

El Registro tiene 30 días para autorizar el desarrollo de la actividad solicitada y en caso de corresponder autorizará el desarrollo de la misma. No obstante si no reúne en su totalidad las condiciones exigidas, se observará al interesado, disponiendo un plazo de 15 días para subsanar las deficiencias o deducir oposición por escrito a las observaciones; transcurrido el plazo, sino hubiese subsanado las observaciones o deducido oposición, quedará sin efecto la solicitud formulada. En caso de oposición, la Junta Directiva del IRCCA adoptará resolución dentro del plazo de 30 días. Contra la resolución de la Junta Directiva corresponden los recursos establecidos en el artículo 35 de la Ley N° 19.172.

A los efectos del otorgamiento y/o mantenimiento de la Licencia, el IRCCA deberá solicitar a los Clubes información sobre las variedades a ser cultivadas y/o muestras de las plantas de su cultivo, en las oportunidades que se determine.
La Licencia tendrá una vigencia de 3 años, pudiendo reinscribirse a su vencimiento.

La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta Sección tendrá carácter de dato sensible quedando prohibido su tratamiento, salvo con consentimiento expreso y escrito del titular, según el artículo 18 de la Ley 18.331.

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